Resuelve el Tribunal Electoral del Estado que el Congreso de Michoacán impidió a Juan Carlos Barragán emitir un voto informado y razonado sobre finanzas del Legislativo
Morelia, Michoacán.- El Congreso de Michoacán impidió al diputado Juan Carlos Barragán emitir un voto informado y razonado en torno al último informe trimestral de las finanzas de la Cámara, según lo determinó este miércoles el Pleno del .
Los magistrados electorales resolvieron el juicio de la ciudadanía TEEM-JDC-211/2025 promovido por el legislador de Morena en contra de Secretaría de Administración y Finanzas del Congreso, de la presidencia de la Mesa Directiva, la Secretaría de Servicios Parlamentarios, la presidencia de la Junta de Coordinación Política y la presidencia del Comité de Administración y Control, por la presunta violación a su derecho político-electoral de ser votado, en la vertiente del ejercicio del cargo.
El legislador acusó diversas irregularidades cometidas durante el desarrollo de la sesión de nueve de julio como la modificación del orden del día en la que se aprobó el Primer Informe Trimestral Financiero del Presupuesto de Egresos correspondiente al ejercicio fiscal 2025; la omisión de las autoridades responsables de entregarle la información y documentación peticionada en sus solicitudes de 12 de junio y nueve de julio; y el impedimento de emitir un voto informado y razonado en la referida sesión.
El Tribunal declaró su incompetencia para conocer y resolver respecto de los actos reclamados sobre la modificación de la orden del día, al tratarse por relacionarse con cuestiones relacionadas con la organización y vida interna del Congreso, que forman parte del derecho parlamentario.
En cuanto a la omisión atribuida a diversas autoridades legislativas, los magistrados decretaron el sobreseimiento, ello porque tal tema ya había sido resuelto en un juicio anterior, el TEEM-JDC-201/2025, por el que se ordenó a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Cámara la entrega de la información y documentación solicitada por el diputado accionante.
Finalmente, en cuanto al impedimento que se hizo contra el morenista de emitir un voto informado y razonado en la referida sesión, el TEEM le concedió razón “dado que no se le entregó la documentación peticionada en sus solicitudes, de manera previa a la sesión, sino que las autoridades se limitaron a remitirlo a diversas ligas electrónicas donde supuestamente se encontraba la información, sin que se hubiere constatado su contenido”.
Así, el Tribunal ordenó a la presidencia de la Mesa Directiva, para que en la próxima sesión una vez que Juan Carlos Barragán cuente con los documentos referidos, incorpore un punto en el orden del día para concederle el uso de la voz, a fin de que manifieste lo conducente en relación a la discusión y aprobación del informe trimestral.