Morelia, Michoacán
Si bien la Constitución Mexicana establece que los candidatos no pueden hacer proselitismo antes de tiempo y las exministras Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Bartres llevan meses de gira por el país, el criterio del Instituto Nacional Electoral (INE) podría ser a su favor.
De acuerdo con el vocal ejecutivo de la Junta Local del INE, David Alejandro Delgado Arroyo, por el actuar de las aspirantes a renovar su magistratura por el voto popular, que ya tienen su lugar asegurado en la boleta; sin embargo, los organismos electorales podrían concluir que no hay actos anticipados de campaña.
El vocal recordó que la reforma electoral sobre la elección de integrantes del Poder Judicial no prevé este tipo de actos, pero sí establece que todo lo que no está previsto se resolverá conforme se hace para los procesos electorales de los poderes Ejecutivo y Legislativo, de modo que aplicarían las mismas reglas.
Sin embargo, continuó, en estos casos se ha llegado a sentencias respecto a que si no se está haciendo un llamado directo al voto, no se considera un acto anticipado de campaña.
Es decir, los actores políticos que aspiran a cargos de elección popular pueden promocionar su propia imagen fuera de los tiempos de campaña, mientras no inviten directamente a los electores a que voten por ello. Al menos, es el criterio que ha imperado.
Cabe recordar, sin embargo, que no es la única infracción que podría llegársele a atribuir a las exministras, pues en el Catálogo de Infracciones en la Elección del Poder Judicial de 2025 que aprobó el INE, se considera prohibido que los partidos políticos externen su respaldo a un candidato o que las instituciones públicas convoquen a foros a donde inviten candidatos; aunque por otro lado, podría argumentarse que aunque Loreta Ortiz, Lenia Bartres y Yasmín Esquivel estan cayendo en estas faltas, no lo hacen en período electoral.
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