Morelia, Michoacán

La fecha límite para pagar el aguinaldo en México es el 19 de diciembre, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, pero hay empresas que mantienen prácticas como el pago de sólo una fracción de lo que corresponde, en fechas posteriores incluso ningún pago de esta prestación, pero esto se puede denunciar sin ningún costo.

Este derecho es irrenunciable, independientemente del tiempo laborado en la empresa, de si se es eventual o si no se tiene contrato, y las multas por incumplimiento pueden superar el medio millón de pesos.

¿Cuánto te corresponde?

Si bien hay una propuesta en el Senado de la bancada de Movimiento Ciudadano (MC) para que el monto a pagar sea proporcional a los años laborados, mientras no se apruebe, la disposición del artículo 87 de dicha ley es de un mínimo de 15 días de trabajo y hay empresas que pagan hasta 40, pero esto depende de la voluntad de los patrones.

El pago de esta prestación en tiempo y forma es obligatorio, independientemente de si se tiene un contrato o no o si de trata de un empleo eventual y si la transferencia genera una comisión bancaria, ésta debe ser cubierta por el empleador.

En caso de que el trabajador tenga menos de un año laborando en la empresa, se calcula el pago proporcional de estos 15 días.

¿A dónde acudir?

Si no recibiste tu pago completo el día 19, tienes a partir del 20 de diciembre de este año y hasta el 20 de diciembre de 2026 para actuar. Hay varias instancias a las que se puede recurrir.

La Procuraduría Federal del Trabajo recibe denuncias sobre pagos tardíos o incompletos de aguinaldo, ya sea directamente en sus oficinas, a los telefonos os teléfonos: 800 911 7877; 800 717 2942 y 5559 98 2000, extensiones 44740 y 44741 o por correo electrónico en orientacionprofedet@stps.gob.mx. En Morelia, se ubica en el bulevar García de León. No. 1035, Torre Boulevard locales 10 y 14. Col. Chapultepec Sur.

También se puede llamar al al Centro Integral de Soluciones y Servicios Laborales (CISSEL) con el número 079 de la línea del Gobierno de México.

Existen además organismos estatales de defensa a los trabajadores. En Michoacán, la Procuraduría Local de la Defensa del Trabajo se encuentra en la calle Dr. Miguel Silva 486 col. Centro en Morelia. Ahí se ofrece asesoría, orientación y defensa legal gratuita en un horario de 9:00 a 16:00 horas. El teléfono es 443 3179 003.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) también recibe quejas de este tipo y lo hace en línea. Ahí, luego de darse de alta, los usuarios pueden interponer sus quejas y presentar pruebas, de tenerlas, y la dependencia iniciará un expediente y visitará el centro de trabajo. Las quejas pueden ser anónimas si se teme de alguna represalia.

¿Qué pasa con el patrón?

Inclumplir con el pago de aguinaldo puede acarrear multas de más de medio millón de pesos, pues el artículo 1001 de la Ley Federal del Trabajo establece una multa de entre entre 50 y cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Esto es, entre 5,657 y 565 mil 700 pesos, además del pago de los aguinaldos que adeude.

El monto lo define la STPS a partir del cálculo de cuántos aguinaldos debe.