Morelia, Michoacán

La remoción de cuatro de los consejeros del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), por el Instituto Nacional Electoral (INE), fue declarada como procedente por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), este miércoles, decisión que ya es inapelable y definitiva.

Esto, luego de la aprobación del proyecto del magistrado Felipe Fuentes, donde se estableció como grave la conducta de los consejeros del IEM, al designar un encargado de despacho para el órgano interno de control, una facultad del Poder Legislativo local.

Y es que la necesidad de solventar la vacante no justificó el ejercicio de una facultad competencia de otra área.

La resolución comprende desestimar los agravios reclamados por los exconsejeros del IEM, referentes a su derecho a la defensa y ratificó la atribución del INE para designar y remover integrantes de los organismos públicos locales electorales.

Fue el pasado mes de junio cuando el INE llevó a cabo la remoción de cinco de siete consejeros del IEM, por la designación de un encargado de despacho para el órgano interno de control, una facultad que no le compete al instituto.

De estos, cuatro fueron efectivamente removidos: el ahora exconsejero presidente Ignacio Hurtado Gómez y los exconsejeros Juan Adolfo Montiel Hernández, Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León y Claudia Marcela Carreño Mendoza. La exconsejera Silvia Verónica Mauricio Salazar renunció poco antes de su remoción.

Con ello, el IEM quedó conformado solo por dos consejeras, entre ellas, la ahora presidenta provisional Selene Lizbeth González Medina.

En el INE está en marcha el procedimiento para la elección, a las tardar el 31 de agosto de este año, de los cinco consejeros requeridos para la integración del consejo general del IEM.