Ciudad de México

Por contravenir cinco artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), así como dos tratados internacionales a los que está suscrito nuestro país, es que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucional contra la reforma al Código Penal de Michoacán para -supuestamente- tipificar la apología del delito.

El organismo defensor estimó que además se podrían estar vulnerando derechos fundamentales: a la libertad de expresión, a la seguridad jurídica y el principio de legalidad. Este último, por la ambigüedad en la redacción y concretamente, los artículos 1°, 6º, 7º, 14 y 16 de la CPEUM.

El pasado 30 de junio, la CNDH recurrió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para buscar que se declare anticonstitucional esta reforma que aprobó el Congreso del Estado el pasado 28 de mayo, entre protestas de periodistas, principalmente miembros del colectivo Ni Uno Más Michoacán.

La CNDH considera que la redacción de esta reforma no es precisa, de modo que no queda claro cuáles son las conductas que se pueden considerar apología del delito y cuáles no:

“Se trata de disposiciones inexactas y sumamente amplias que abarcan un sinnúmero de conductas, incluidas aquellas no reprochables y que se encuentran amparadas por la libertad fundamental de expresión”, argumenta el documento presentado a los ministros.

Esto, porque la reforma prevé castigar la “expresión de ideas y argumentos por cualquier medio” y la mera “alusión” a grupos delictivos o personas vinculadas a los mismos, independientemente del contexto o los objetivos de estas menciones, pues no se establece qué tipo de alusiones o ideas son las que se van a considerar como promoción del delito o que incentiven la criminalidad.

“Las conductas que actualizan responsabilidad penal (expresiones de ideas y exposición de argumentos), en términos de los artículos controvertidos, constituyen el núcleo esencial de la libertad fundamental de expresión; por lo que, a juicio de esta Institución Nacional dicha medida no supera un test de escrutinio estricto de constitucionalidad”, expone el organismo.

Lo anterior, de acuerdo con la CNDH, da pie a una aplicación arbitraria de la ley, y es por ello que considera que vulnera el principio de legalidad.

También recuerda que la libertad de expresión es una de las bases de las sociedades democráticas y que tanto la Constitución Mexicana como la Corte Interamericana de Derechos Humanos establecen que no se debe penalizar ideas y que aunque se pueden establecer límites para la libertad de expresión cuando un discurso representa un daño a terceros, estos límites deben de ser proporcionales. Es decir, tendría que estimarse que es mayor el daño que generaría la expresión de ideas que el que implicaría limitarla.

En cambio, la reforma que aprobó el Congreso michoacano prevé castigar con penas de entre tres y seis meses de prisión y multas “supuestos que no generen daños y que se traten de conductas amparadas por la libertad de expresión”. Esto porque se estableció esta sanción “si no se acredita el delito”. Es decir, “si se considera que una persona cometió apología del delito pero esto no llevó a que nadie delinquiera.

“Permiten que se criminalicen expresiones, manifestaciones de cualquier tipo sin que necesariamente generen un daño, o tengan como objetivo lesionar el orden público, la paz y tranquilidad social”, observa.

Además, agrega el organismo, se habla de castigar la mera mención de grupos delictivos, aunque no se esté invitando a nadie a cometer un delito, lo que por un lado puede inhibir a la gente de expresarse y por otro, da pie a las autoridades ministeriales y judiciales a aplicar la ley a partir de sus valoraciones personales.

La CNDH agrega que aunque se incluyó una excepción para los periodistas, ésta no protege a artistas, académicos o cualquier otra persona que pueda llegar a mencionar actividades o grupos delictivos y el impacto para estos gremios resulta desproporcional “pues se destaca que la manifestaciones académicas y artísticas sobre dichos tópicos constituyen parte de la cultura misma a la que tiene acceso la sociedad”.

También argumenta que los mismos narcocorridos y narcoseries son también parte de la cultura, aunque no se alinien a “lo que se estima correcto” y pone como ejemplo de una política acertada el concurso “México canta”, organizado por el gobierno federal, para invitar a la gente a componer música a partir de narrativas encaminadas a la paz.