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Revocan suspensión de captura a Silvano Aureoles; enfrentará cargos

El exgobernador de Michoacán, Silvano Aureoles enfrenta la revocación de suspensión contra su captura, por incumplir condiciones, dejándolo expuesto a arresto por la FGR.

Ciudad de México.-Una jueza federal ha revocado la suspensión definitiva contra su captura que había sido otorgada al ex gobernador de Michoacán, Silvano Aureoles Conejo, quien no cumplió con las condiciones establecidas para evitar su arresto por la Fiscalía General de la República (FGR).

Jovita Vargas, la jueza Noveno de Distrito en materia Penal en Ciudad de México, notificó la revocación de la medida cautelar que impedía la captura del ex funcionario. Aureoles está acusado de peculado, operaciones con recursos de procedencia ilícita, asociación delictuosa y administración fraudulenta, relacionados con el desvío de 3,412 millones de pesos destinados a la construcción de siete cuarteles durante su mandato de 2015 a 2021.

El plazo para que Aureoles pagara la garantía de un millón de pesos y se presentara ante una jueza de control en el Reclusorio Oriente para conocer las acusaciones venció a la medianoche del viernes.

“Se deja sin efectos suspensión definitiva. En otra orden, del estado procesal que guardan los autos del presente incidente de suspensión, se advierte que el quejoso (Silvano Aureoles Conejo) no cumplió con las medidas de aseguramiento decretadas en la resolución interlocutoria de 14 de mayo de 2025, pues no exhibió la garantía económica establecida ni acreditó haber comparecido de manera personal ante la Juez responsable que se encuentra a cargo de la causa penal 118/2025, a efecto de que surtiera efectos la suspensión definitiva que se le concedió”, señala el resolutivo de la juzgadora.

Además, se indica que “con fundamento en el artículo 136 de la Ley de Amparo, se hace efectivo el apercibimiento decretado en la interlocutoria de referencia. Comuníquese a las autoridades responsables que dejó de surtir efectos la suspensión definitiva, por lo que podrán ejecutar el acto reclamado. No obstante lo anterior, mientras no se ejecute la orden de aprehensión reclamada, el quejoso podrá acreditar el cumplimiento dado a las obligaciones impuestas en la resolución interlocutoria, con lo cual, de inmediato volverá a surtir efectos la suspensión definitiva”.

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