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ACUEDUCTO | ELECCIÓN JUDICIAL DE MICHOACÁN, LAS PERVERSAS BOBERÍAS DE UNA REFORMA

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Fuente: Acueducto / ACUEDUCTO / Paco Duron

ACUEDUCTO | SAMUEL PONCE

«Elección judicial || Abogados de narcos, acusados de abuso sexual o trata están a un paso de convertirse en jueces y magistrados en México. El Tribunal Electoral es el dique de contención para un puñado de perfiles ganadores en las recientes elecciones que arrastran antecedentes y acusaciones señalados por consejeros electorales y asociaciones de la sociedad civil»: El País.

ELECCIÓN JUDICIAL DE MICHOACÁN | LAS PERVERSAS BOBERÍAS DE UNA REFORMA

La reforma a la Constitución local para la elección del Poder Judicial permitió la postulación de perfiles sin el mérito adecuado, al eliminar el requisito de experiencia en el ámbito judicial, es decir, saber cómo resolver y emitir sentencias, a simplemente experiencia en el ámbito jurídico en general, lo cual es muy amplio tratándose en el área del derecho.

Si bien, podemos estar de acuerdo o no -como en estos casos- con la ley, pero a nadie se le puede exigir más allá de lo que se indica en la norma jurídica correspondiente, es por ello que el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) analizó y contrastó con la ley derivada de la reforma judicial, para llegar a una serie de conclusiones, aunque con un simple principio de legalidad.

1.- Por ejemplo, al existir constancia expedida por el Doctor en Derecho José Antonio Salas Valencia, en la que se desprende su desempeño como asesor jurídico de la Legislatura del Congreso del Estado de 2008 a 2012; en la presidencia municipal de 2012 a 2015, de 2015 a 2018 y de 2018 a 2021 en el Congreso y de 2021 a 2024 en el Ayuntamiento de los Reyes, los integrantes de los comités que lo propusieron lo consideraron suficiente para acreditar el requisito exigido por la Constitución, dando por acreditado la disposición en la revisión del expediente del candidato José María Cázarez Rosales, contendiente a la Segunda Sala Civil de la región Morelia,

2.- Por otro lado, el requisito de estar titulado se hizo más flexible y muy laxo, porque el marco jurídico establece que para poder participar con promedio de 8 en toda la carrera, pero si esto no se cumple, se puede acreditar con una calificación mínima de 9 en las materias afines al área de especialización en la que se desempeñará la persona.

En las convocatorias del Poder Ejecutivo y del Legislativo, señalaron como forma de interpretación de éste requisito, que “…en todo caso solamente deberán acreditarse en una materia para tener por colmado el requisito”, en el sentido, el candidato Javier Cervantes Martínez cumplió con el requisito previsto en el artículo 76, fracción II de la Constitución Local, relativo al promedio, toda vez que de la constancia de calificaciones obtuvo en la asignatura “Clínica procesal en derecho civil, mercantil y penal” una calificación de 10 diez.

3.- En relación a la acusación de ser una persona deudora alimentaria, con documentos privados y públicos del Registro de Personas Deudoras alimentarias, se obtiene que, como lo afirma el candidato, si bien fue una persona condenada mediante resolución firme como deudor alimentaria moros, lo cierto es que actualmente se encuentra al corriente del pago de todas sus obligaciones alimentarias y no está inscrito en el padrón de personas deudoras vigentes.

4.- La candidatura controvertida de Enock Iván Barragán Estrada, quien accedió a la misma, a la Segunda Sala Civil, por encontrarse en funciones y, por ende, incluido en la lista remitida por el Poder Judicial al Congreso y, a su vez, al Consejo General del IEM que consideró que al encontrarse en ejercicio no tenía la obligación de acreditar los requisitos que fueron adicionados con motivo de la reforma al artículo 76 constitucional, porque el marco legal no lo establece. Es decir, se consideró que si esta en funciones quiere decir que ya cumplió los requisitos previamente establecidos.

CANTERA

1.- En la reciente reunión, en donde se celebró el ex funcionario público Eloy Vargas Arreola, quien alguna vez fue requerido ante la justicia para delinear acusaciones en su contra por presuntas irregularidades en el ejercicio público, se encontraron el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla y su adversario al interior de Morena, el diputado federal Leonel Godoy Rangel; claro, no estuvo el senador Raúl Morón Orozco.

2.- El ex funcionario de los tres poderes del estado de Michoacán, Jesús Sierra Arias, hasta el momento, ha sido el único aspirante perdedor al poder judicial en la entidad, que ha puesto el dedo en la llaga sobre la serie de irregularidades cometidas para zanjar la elección de magistrados y jueces, principalmente; claro, pese a sus razones fundadas, sus quejas quedarán en el aire.

3.- Si, hay una gran diferencia entre los alcaldes de Zitácuaro, Juan Antonio Ixtláhuac Orihuela, y el de Uruapan, Carlos Manzo Rodríguez; al primero se le vino el mundo encima por la violencia desatada en el territorio que trata de gobernar con la exquisitez del apellido y ante ese tipo de situación no sabe qué hacer y el segundo todo lo contrario.

CANTERITA
Toc, toc… Por supuesto, en ciertas regiones michoacanas el crimen organizado participó activamente en la elección judicial; ahora, se imagen si los fiscales también se designan por el llamado voto popular, aderezado con acordeones.

GOTEO

De manera abierta, en la lucha por aspirar a la candidatura a la próxima alcaldía de Morelia, Adolfo Torres Ramírez y Yankel Alfredo Benítez Silva tienen días es una casi feroz contienda mediática…

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